Con los fundamentos de hecho y de derecho antes señalados, este Tribunal Mixto Primero de Juicio Compuesto por el abogado FREDDY´S JOSÉ PERDOMO SIERRALTA, quien actúa como Juez Presidente y los Ciudadanos Escabinos MARLENYS ROMERO GARCÍA y WILLIAM RAFAEL SIFONTES CASTILLO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta por UNANIMIDAD, que el ciudadano HERNÁN JOSÉ MAGO, venezolano, fecha de nacimiento 18-6-1982, de 25 años de edad, soltero, titular de la Cédula de identidad No. 15.936.234, hijo de Nelida Mago y José Jesús Fermín, residenciado en Caiguire, sector Campo Alegre, detrás de la farmacia Santa Ana casa No. 69, de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, es NO CULPABLE de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO y HURTO AGRAVADO, previstos y sancionados en los artículo 277 y 452 ordinal 8° del Código Penal en perjuicio de La Colectividad y la Empresa ELEORIENTE, delito por el cual lo acusó la Fiscalía Décima .....