En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el RECURSO DE HECHO, ejercido por ante éste Juzgado Superior por el Abogado Vítor Díaz Ortiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.150, en su carácter de Apoderado Judicial de la Ciudadana Ailed Marín, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.454.614.- En consecuencia, se exhorta respetuosamente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de este Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a oír en ambos efectos la apelación interpuesta por el ya antes identificado Abogado contra la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva dictada en fecha 20 de Marzo de 2013, en .....