PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana RAIZA DEL CARMEN VIZCAINO BENCOMO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 15.554.744 y de este domicilio en contra del ciudadano EUSEBIO WASHINGTON VELOZ GURUMENDY, ecuatoriano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 81.812.170 y de este domicilio.
SEGUNDO: Se condena solidariamente a la PANADERIA, PASTELERIA Y CHARCUTERIA MARIGLAISA, C.A., inscrita por ante el Tribunal de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, en fecha 08-06-05, bajo el Nº 81, Folios 518 al 524, Tomo 1-B del segundo Trimestre y al ciudadano EUSEBIO WASHINGTON VELOZ GURUMENDY, cancelar a la ciudadana RAIZA DEL CARMEN VIZCAINO BENCOMO, la cantidad que arroje la experticia complementaria del fallo que se acuerda, por los conceptos indicados en la parte motiva del presente fallo, la cual será realizada por un único Experto que nom.....