Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA dejar sin efecto al orden de aprehensión librada por este Tribunal Quinto de Control en fecha 12-05-04, en virtud de haberse decretado el sobreseimiento de la presente causa en fecha 31-05-06 por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano; en consecuencia se acuerda la inmediata LIBERTAD en favor del imputado: Juan Miguel Urbaneja, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.125.739, de 32 años de edad, nacido el 01 de julio de 1974, de profesión chofer, residenciado en el Barrio Cumanagoto Primero, Calle Principal, Casa Nº 11, cerca de la salida de los carritos de Cumanagoto, Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre; líbrese Boleta de Libertad y junto con oficio remítase a la Comandancia de Policía del Municipio Bermúdez. Asimismo se acuerda librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Pe.....