DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: SE DECLARA ADMISIBLE el Recurso de Revisión interpuesto por la Abogada SANDRA KASSIS HADID, actuando con el carácter de Defensora Pública Penal, del penado FELIX LEONCIO AGUILERA PEROZO, a quien el Tribunal Superior Penal y de Menores de Carúpano Estado Sucre, dictó sentencia, condenándolo a cumplir la pena de Veinte (20) años de presidio por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408, ordinal 1°, hoy artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio de LEONARDA DIAZ. SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR el Recurso de Revisión interpuesto por la defensa, en consecuencia se rebaja y ajusta la pena a diecisiete (17) años y Seis (6) meses de prisión, más las penas accesorias establecid.....