En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; SOBRESEE LA CAUSA a favor del ciudadano JOSE LUIS CORDOVA, se desconoce sus datos personales; por la comisión del Delito de LESIONES PERSONALES GENERICAS, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal Derogado; en perjuicio del Adolescente GUSTAVO RAFAEL ACOSTA SUCRE. Todo de Conformidad con lo establecido en los artículos 108 ordinal 5° del Código Penal, 48 ordinal 8° y 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes, y remítase las presentes actuaciones al Juzgado de Ejecución, en el lapso legal correspondiente. Es todo, Terminó, se leyó y conformes firman.