Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA POR UNANIMIDAD que el Ciudadano: BELTRÁN RAFAEL ABREU ASTUDILLO, venezolano, natural de esta ciudad, de venezolano, de 20 años, cédula de identidad Nº V-18.904.678, nacido en fecha: 14-05-1990; soltero; residenciado en: Urbanización 7 Soles, Casa 87, Cumaná, Estado Sucre; es NO CULPABLE del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el articulo 405 del Código Penal, en perjuicio de FRANCISCO ANTONIO MENDOZA (OCCISO), al considerar que con las pruebas traídas al proceso no quedó acreditado la responsabilidad del acusado en los hechos por los que el Ministerio Público acusado, en consecuencia SE ABSUELVE del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el articulo 405 del Código Penal, en perjuicio de FRANCISCO ANTONIO MENDOZA (OCCISO). Dejándose sin efecto toda medida restrictiva de libertad que pese sobre el acusado, ordenando su liber.....