este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescentes, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la libertad sin restricciones de los adolescentes XXXXX a quienes se le inició averiguación por su presunta participación en los delitos de Alteración del Orden Público, Obstaculización de vías pública de comunicación, previstos en los artículos 216 y 357 del Código Penal, delitos estos cometidos en perjuicio de la cosa publica y la seguridad de los medios de transporte y comunicación. La presente decisión tiene su fundamento legal en los artículos 555 y 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerda la continuación de la presente causa por el procedimiento ordinario, tal como fue solicitado por el Representante del Ministerio Público. Se acuerda con lugar la solicitud de la defensa y se ordena expedir boleta de la libertad. Remítase mediant.....