este Tribunal Primero de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley SOBRESEE la causa, a favor del XXXXXXXXXXX en virtud de la investigación iniciada por su presunta comisión en el delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal Vigente en perjuicio del ciudadano Luís Alfonso Ramírez, por cuanto el hecho no puede ser atribuido al imputado adolescente, todo de conformidad con el artículo articulo 578 literal A de la LOPNNA en concordancia con el articulo 318 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese boleta de libertad a favor del imputado; ofíciese al CICPC. Remítase en su oportunidad legal al archivo central para su guarda y custodia, Los presentes quedan notificados de la presente decisión todo de conformidad al articulo 175 del COPP. Es todo, terminó se leyó y conforme firman. Siendo las 10:00 AM.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL,
ABG. JOSE RAMON HERNANDEZ GIL
EL ACUSADO,
LUIS .....