-VIII-
D I S P O S I T I V A:
En virtud de los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia Nacional en Material de Extinción de Dominio, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de Amparo Constitucional que originó este proceso, presentada por el ciudadano JOSÉ ANGEL VIERA APECECHEA contra el ciudadano JOSÉ BUGALLO LÓPEZ.
SEGUNDO: SE ORDENA A LA PARTE ACCIONADA, ciudadano JOSÉ BUGALLO LÓPEZ, antes identificado, a cesar toda acción de perturbación y/o violación de los derechos constitucionales que le asisten al ciudadano JOSÉ ANGEL VIERA APECECHEA, previamente identificado.
TERCERO: SE ORDENA A LA PARTE ACCIONADA, ciudadano JOSÉ BUGALLO LÓPEZ, antes identificado, a restituir al ci.....