El Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve PRIMERO: se declara sin lugar la nulidad planteada por la Defensa en este acto, por cuanto quedó plenamente justificada la actuación policial, al actuar los funcionarios compelidos por la necesidad de impedir se continuase con la ejecución de los delitos investigados, habiendo actuado dentro de uno de los supuestos de excepción para ejecutar un allanamiento sin orden judicial, por lo que al no demostrarse que hubo flagrante violación al derecho constitucional a la inviolabilidad del domicilio no puede prosperar la pretensión de nulidad. SEGUNDO: se declara NO CULPABLE y en consecuencia se ABSUELVE al ciudadano YONNY RAFAEL RODRIGUEZ, venezolano, de 45 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.465.901, natural de Cumaná – Estado Sucre; nacido en fecha 13-10-1966, casado, de oficio albañil, .....