DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada MILDRED E. GUERRA EDGEHILL, actuando con el carácter de Defensora Pública Penal del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, contra la Sentencia Definitiva de fecha 22 de septiembre de 2008, por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en la cual SANCIONÓ al adolescente A.A. C.R,, a cumplir la sanción de Cuatro Años (4) de Privación de Libertad, en el asunto que se le sigue por la comisión del delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 374 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de los niños J.A. M.F. Y G.J. .....