DISPOSITIVA
Por todo los razonamientos de hechos y de derechos anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, actuando como Tribunal Mixto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: CONDENA al ciudadano JOSÉ GREGORIO PINTO BLANCO, venezolano, mayor de edad, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.638.253, nacido en fecha 11-01-1975, de estado civil soltero, hijo de Gilberto Pinto (Difunto) y Juana Blanco de Pinto, residenciado en Urb. Villas de Guacara, calle "I", casa N° 121, cerca de Papeles de Venezuela, Guacara, Estado Carabobo, a cumplir la pena de (01) año y dos (02) meses de prisión mas la accesoria de inhabilitación política de igual lapso, por la comisión el Delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionada en el artículo 453 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de las ciudadanas Haydde Sofía .....