Por las razones anteriormente expuestas éste Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano. Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. SE AUTORIZA a la Fiscalía del Ministerio Público en Materia de Droga de esta Circunscripción Judicial. Carúpano. Estado Sucre, para que realice todos los tramites necesarios para la DESTRUCCIÓN DE LA SUSTANCIA INCAUTADA, donde aparece como imputado el Ciudadano: OSWALDO JOSE MARCHAN GUERRA; previa Experticia Química practicada por expertos que designe ese despacho, de conformidad con los parámetros establecidos en los artículos 190, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica de Drogas. Notifíquese a las Partes. REMITASE. Cúmplase.
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL.
ABG. YSMENIA FERNÁNDEZ H.
LA SECRETARIA JUDICIAL
ABG. JENNYS MATA.....