Este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA el SOBRESEIMIENTO, en la presente causa penal, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 318 numeral 3ro del Código Orgánico procesal Penal, en concordancia con el artículo 418 del código Penal, y remítase el asunto en su oportunidad procesal a la fase de ejecución.