este Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento de admisión de los hechos al ciudadano ISMAEL ANTONIO LARA, venezolano, de 41 años de edad, de profesión Agricultor, titular de la Cédula de Identidad N° 13.431.150, residenciado en el sector La Toma, Parroquia Santa Maria De Cariaco, Municipio Rivero, rancho s/n, cerca de la escuela, del Estado Sucre; a cumplir la pena de Quince (15) AÑOS DE PRISIÓN, MAS LAS ACCESORIAS DE LEY previstas en el artículo 13 del Código Penal, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO previsto y sancionado en el encabezamiento y primer aparte del artículo 259 de Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, con el agravante genérica del artículo 217 de la referida ley, en perjuicio del niño xxxxxxx de siete años de edad. Pena ésta que terminará de cumplir aproxi.....