este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA extinta la pena, por cumplimiento de la misma, al ciudadano LUIS ENRIQUE DIAZ , venezolano, mayor de edad, titular de al cédula de identidad N° N° 1.459.023, quien fuera penado a Diez (10) años de Prisión, por la comisión del delito de Trafico, Ocultamiento y Transporte de Sustancias Estupefacientes y Psicotropicas, previsto y sancionado en el artículo en el artículo 31 de la Ley Contra el Trafico y el consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectividad.