Por los fundamentos de hecho y argumentos de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Sucre, de conformidad con la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante contra la decisión de fecha 02 de marzo de 2009, proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; SEGUNDO: SE MODIFICA la decisión dictada por el Juzgado A quo, solo en lo que respecta al pago por concepto de Cesta Ticket, la cual pagará la demandada a los trabajadores demandantes, en los términos y condiciones establecidos en la parte motiva de la presente sentencia. TERCERO: Se declara DESISTIDO el Recurso de Apelación, interpuesto por la representación judicial .....