Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. PRIMERO: Admite totalmente la Acusación Fiscal, así como las pruebas ofrecidas, por las partes, por considerar que de la misma, surgen fundamentos serios que comprometen la Responsabilidad Penal de los acusados. SEGUNDO: Se acuerda la Suspensión Condicional del Proceso de conformidad con lo establecido en los artículos 42, 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, al acusado Leandro Leroy Rivas Gutierrez, Venezolano, de 26 años de edad, nacido en fecha 14-06-79, titular de la cedula de identidad Nº 14.855.612, de profesión u oficio: Pescador, Residenciado en Guatapanare de Guaca, Calle la Campesina Hacia la Playa, Hijo de Melecio José Rivas Indriago y de Benita Margarita Gutiérrez, en virtud de encontrarlo incurso en el delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Contra la violencia a la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana Mariela Josef.....