Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: LA DESESTIMACIÓN TOTAL de los delitos imputados por el Ministerio Público en contra del imputado ELIAMIR JOSÉ CARDIET, venezolano, natural de esta ciudad, de 36 años de edad, casado, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad N° V-6.766.759 y residenciado en Colinas de Campeche, Calle 01, Manzana 02, casa # 18, de esta ciudad de Cumaná del Estado Sucre como son los delitos de Amenaza, Violencia Física y Psicológica, previstos y sancionado en los artículos 16, 17 y 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia por cuanto no existen suficientes elementos de convicción que determinen la responsabilidad del imputado en los delitos arriba indicados, ello de conformidad con el artículo 250 ordinal 2° del Código Orgánico Proc.....