D E C I S I Ó N
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sala Especial, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA INHIBICION planteada por la Abogada AYSKEL MARTÍNEZ GONZALEZ, actuando con el carácter de Jueza Profesional de Primera Instancias en Función de Juicio del Sistema de Responsabilidad del Adolescente del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, mediante el cual se inhibe de conocer la causa penal signada con la alfanumérica RPO1-D-2005-0000250, seguida a los adolescentes XXXXXXXXXXXX, por la presunta participación en el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR Y PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, en perjuicio de GLORIAELENA CARDOZO JIMENEZ Y DOMINGO ANTONIO LEMUS GUZMAN. Publíquese, regístrese y bájese en su oportunidad legal.
La Jueza Presidenta
D.....