este Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta a favor del ciudadano JULIAN JOSÉ, SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.705.926, y de este domicilio, defendido por el ABG: JESUS AMARO, defensor público; por la presunta comisión de un delito contemplado en la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio de FONDO DE DESARROLLO AGROPECUARIO, PESQUERO, FORESTAL Y AFINES (FONDAFA), el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en virtud de que el hecho objeto del proceso no es típico. Todo de conformidad con lo previsto en el ordinal 2° del artículo 318, del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese de la presente decisión a la Fiscal Novena, a la víctima, al investigado y su defensor, conforme a lo establecido en el artículo 175 Ejusdem. Y envíese las presente actuaciones al Archivo Central, en el lapso legal correspondiente. Cúmplase.-.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL,.....