y estudiadas como han sido las declaraciones rendidas por ante éste Juzgado de los testigos ciudadanas: CANDIDA ELIDIA FARIAS DE MEDINA y DIANA DEL CARMEN MEDINA DE FARIAS, venezolanas, mayores de edad, casada la primera y soltera la segunda, domiciliadas en Los Pozotes del Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.868.144 y 15.882.956, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ella demostró lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO SEVERIANO JOSE GRANADO, a los ciudadanos MARIA DEL VALLE JIMENEZ GRANADO, PEDRO RAFAEL GRANADO, CIRILO ANTONIO GRANADO, LEON ANTONIO GRANADO y JUAN EBORIO GRANADO, de conformidad con lo estable.....