Por las consideraciones antes expuestas, éste Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 64 literal b, y 67 de la Ley de Régimen Penitenciario, otorgar la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena consistente en DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado NEOMAR JESÚS CARRIEL MARTÍNEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.317.116, venezolano, natural de Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, donde nació el 08-02-85, de 21 años de edad, hijo de Elixir Carriel y Jesús Martínez, de profesión u oficio Obrero, residenciado en Guiria, frente al Estadio, casa N° 05, Calle La Canal, Municipio Valdez del Estado Sucre, fue CONDENADO a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRISIÓN, por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sanc.....