DISPOSITIVA:
por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano YORMAN JOSE ARROYO ARROYO, venezolano, natural de Carúpano estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 26.925.594, de 19 años de edad, nacido en fecha 22/07/1995, obrero, hijo de Jhony López y Marlene Arroyo, residenciado en Calle Juventud al final, 12 de marzo, Canchunchu, Casa s/n, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de EL EST.....