este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, "CONCEDE" de conformidad con lo dispuesto en el artículos 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, el Beneficio de "DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO", al penado EDGAR JOSE MUDARRA, titular de la cédula de identidad número 15.288.656, por estimar que reúne los extremos de Ley, exigidos en el mismo artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario Vigente, y a quien le falta por cumplir de la pena que se le impusiera por el Delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en Código Penal de CUATRO (04) AÑOS, ONCE (11) MESES, VEINTICUATRO (24) DIAS Y DOCE (12) HORAS DE PRESIDIO, que se cumplen en fecha 20/10/2010, el Beneficio se OTORGA, para el Centro de Tratamiento Comunitario “DIEGO BAUTISTA URBANEJA”, ubicado en Barcelona Estado Anzoátegui. .....