En consecuencia, admitida como se encuentra la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, se ordena emplazar al ciudadano Director Presidente del Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Benítez del estado Sucre, para que dé contestación a la querella interpuesta dentro del plazo de quince (15) días de despacho contado a partir de la constancia en autos de haberse practicado su citación, una vez vencido el lapso al que se contrae el artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Asimismo, se acuerda remitirle a dicho funcionario, las copias certificadas correspondientes.
Igualmente, se ordena notificar al ciudadano Sindico Procurador Municipal del Municipio Benítez, al Alcalde del Municipio Benítez del estado Sucre y a la ciudadana Mary Del Carmen Amarista.
Finalmente, se acuerda solicitarle al ciudadano Director Presidente del Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Be.....