En consideración a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES a incoado el ciudadano DANNY JOSE PEÑA, titular de la cedula de identidad N° 15.935.336, en contra de la Sociedad Mercantil, PROCESADORA Y EXPORTADORA TRUS-TUNA, CA, antes identificada.
SEGUNDO: Se condena a la accionada Sociedad Mercantil, PROCESADORA Y EXPORTADORA TRUS-TUNA, C. A. a cancelar al demandante la cantidad de: CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CATORCE BOLIVARES CON CERO DOS CENTIMOS ( Bs. 5.147.414,02), por los conceptos demandados y establecidos ut supra mas lo que le corresponda por CESTA.....