Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA las solicitudes Nros. 1373 y 1374 de fecha 15-08-2006 y recibida en esta Corte de Apelaciones en fecha 22-08-2006, presentada por los ciudadanos LUIS ESTEBAN MONOCHE y NELSON JOSÉ GUILARTE CARABALLO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros° 12.257.594 y 10.787.605, respectivamente, actuando en su condición de acusados en el asunto N° RP01-R-2006-000069, seguido en su contra por el delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD Y EL ESTADO VENEZOLANO.-