este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a SHANTI AYSKELL DIMA RAMOS, LUIS GABRIEL ALCOVA GALLARDO, JOSE GREGORIO ACCARDI RAMOS, GUISSEPPE RAFAEL ACCARDI RAMOS Y JHONATAN ALBERTO GUIA BRITO por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULOS PROVENIENTES DE HURTO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Contra el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; de conformidad con lo establecido en el artículo 108 numeral 4º del Código Penal, y el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.