Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; Declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA, protocolizada por ante la Oficina de Registro Publico del Municipio Sucre del Estado Sucre, en fecha 24 de Octubre de 2011, el cual quedó inserta bajo el Nº 07, folio 31, Tomo 26 del Protocolo de Trascripción del referido año, intentada por la ciudadana MARILYS DEL CARMEN RAMOS RAMOS, venezolana, mayor de edad. Titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.703.728, contra la ASOCIACIÓN CIVIL ORGANIZACIÓN COMUNITARIA INTEGRAL DE VIVIENDA Y HABITAD "VILLA ECOLOGICA", inscrita bajo el Nº 34, folio 127 del Tomo Ocho (08) del Protocolo de Trascripción del año 2011, representada por la ciudadana MARISELA DEL .....