es por ello que Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de Ley, Declara pon lugar la solicitud, de Caución Económica por caución Juratoria, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 259, 260 y 261, del Código Orgánico Procesal Penal; manteniendo la decisión dictada en fecha:14 de Julio de 2.006; en cuanto a las presentaciones que deben realizar los imputados, ante la unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, cada 8 días por un lapso de seis meses. Se fija Audiencia Especial para cambio de Caución, para el día 28 de Julio de 2.006 a las 10:00 A. M. en el Despacho de este Tribunal. Así se decide. Notifíquese a La fiscal Especializada en materia de Drogas, al Defensor Público, Doctor Edgar Brito. Líbrese oficio de traslado de los imputados a la Comandancia de policía de esta ciudad. Cúmplase.
Abogado: Ramón J. Ponce
Juez Segundo de Control