este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD alegada por la parte co-demandada, respecto del ciudadano GUSTAVO ENRIQUE BLANCO VISAEZ. SEGUNDO: CON LUGAR la pretensión de INDEMNIZACION DE DAÑO MATERIAL DERIVADO DE ACCIDENTE DE TRANSITO, interpuesta por los ciudadanos AQUILES BLANCO YEGRES y GUSTAVO ENRIQUE BLANCO VISAEZ, titulares de las cédulas de identidad Nº 526.758 y 8.438.937 respectivamente, representados judicialmente por los abogados en ejercicio FIDELINO GONZALEZ y RUBEN CAMPOS BAPTISTA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 15.175 y 8.883 en ese orden, contra las sociedades mercantiles MAPFRE LA SEGURIDAD C.A, y FLOTA INDUSTRIAL PESCA ATUNERA CARIBE C.A, así como contra el ciudadano JUAN JOSE RAMIREZ, representada .....