Por las consideraciones antes expuestas, el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en este estado del proceso y sobre la base del numeral cuatro del artículo 318 Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a la ciudadana YAMILET DEL CARMEN VÉLIZ, venezolana, natural de Cumaná, de 28 años de edad, nacida en fecha 30-11-1978, Indocumentada, de oficio Indefinido, hija de Cruz del Valle Véliz y Arnaldo José Gutiérrez, residenciada en Plaza Bolívar, calle El Tesoro, casa S/N de color blanco, de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre; en causa iniciada por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad; quien ha estado asistida.....