Este TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACION , MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL ESTADO SUCRE, suspende la ejecución forzosa y fija el como monto de constitución de una de las garantías indicadas en la disposición legal en la cantidad de CUATROCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 400.000,00) a los fines de garantizar el monto condenado y el tiempo que transcurra hasta la materialización de la sentencia la cual dependerá del pronunciamiento del Tribunal Supremo de justicia Sala de casación Social sobre el recurso de Control de legalidad interpuesto por la parte demandada en el presente proceso, en consecuencia se le otorga a la parte demandada un lapso de ocho (08) días hábiles a los fines de consignar la garantía respectiva computándose desde el día hábil siguiente al presente auto.- Y ASI QUEDA ESTABLECIDO.
LA JUEZA ,
Abg. ALBELU VILLARROEL