Teniendo esta acta de conciliación carácter de documento publico y no siendo contraria a derecho, ni violatoria de normas de orden público, que al contrario beneficia a los niños antes mencionado, por cuanto mantienen una decisión entre las partes de proceder a cumplir con la obligación legal y natural de los Progenitores. En consecuencia este Juzgado del Municipio Cajigal del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando, justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los Ciudadanos:YANIRCE DEL VALLE MEDINA CEDEÑO Y REINEL JOSE ZORRILLA MÚJICA, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Números V.-14.615.326 y V.-13.347.560, respectivamente domiciliados, la primera en Cachipal Primera entrada a la derecha a dos casas, Parroquia el Paujil Jurisdicción del Municipio Cajigal del Estado Sucre, el segundo en el Paujil vía Nacional a dos casas de la .....