Ahora bien, visto que en la presente causa mediante auto de fecha 9 de Marzo de 2006 se fijó para la celebración del juicio oral y publico en la presente causa el día 05-05-06, y siendo que no se proveyó oportunamente lo conducente a los fines de la realización de dicha audiencia, por lo que sustanciarlo a la fecha, dado el tramite administrativo interno y externo en miras a la emisión, practica y remisión de resultas de las notificaciones pertinentes, resultará sumamente difícil que todo ello se realice en tiempo oportuno y se produzca la comparecencia de quienes deben acudir al juicio, es por lo que, a los fines de efectuar un trabajo con altas probabilidades de efectividad en su resultado, en función de dar contenido cierto a los postulados constitucionales, Administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se acuerda dejar sin efecto la fijación efectuada en el citado auto, y se acuerda como nueva oportunidad para la realización del juicio oral y publico e.....