En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO de los ciudadanos: EDUARDO JOSE SANCHEZ ALDERETE y ZOLMAIRA ELIZABETH TERAN MARTINEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 15.861.987 y V- 19.376.105, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, el día veintitrés (23) de Marzo de dos mil doce (2012). La presente decisión se dicta con fundamento a lo previsto en el Primer Aparte del Artículo 185 del Código Civil, en concordancia con el Artículo 189 Ejusdem.