DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 5, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano JOHANNY ENRIQUE MGOLLON RAMOS, quien en es venezolano, Mayor de Edad, Titular de la cedula de identidad N: 14.579.282 y residenciado en: Sector Las Praderas, Tunapuy, Municipio Libertador, Estado Sucre, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de MARIA ALEJANDRA GARCIA DE MOGOLLON, quien en es venezolana, Mayor de Edad, Titular de la cedula de identidad N: 14.064.693 y residenciada en: Sector Barrio Bolívar, Vía Principal, casa S/N, Tunapuy, Municipio Libertador, Estado Sucre, por considerar que no.....