Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara con lugar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, solicitado por el Representante del Ministerio Público, a favor de la ciudadana XXXXXX, de 19 años de edad (cuando ocurrieron los hechos, contaba con 16 años de edad), titular de la Cédula de Identidad XXXXXXX, natural de Cumaná, nacida en fecha 01-06-87, hija de Josefina Rondón y Arquímedes Ojeda, residenciada en XXXXXXX; a quien se le inicio investigación por la presunta comisión en un delito contra las personas, cometido en perjuicio de la ciudadana XXXXXXX; conforme a lo pautado en el artículo 561 literal "D" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 318 ordinal 3 del Código Orgánico Proces.....