ACUERDA en este acto EL ACUERDO REPARATORIO, en cuanto al delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 numeral 8° en perjuicio de la empresa CABLEEXPRESS TV, por permitir el mismo la posibilidad del acuerdo reparatorio por el recaer exclusivamente sobre bienes de carácter patrimonial, cuyo monto es pagado en esta sala con cheques de gerencia Números 11103788 y 11103789 respectivamente del Banco Exterior a nombre de la empresa Cableexprees TV, de la cuenta Numero 0115-0111-77-2120210100, por un monto el primero de Doscientos mil (200.000,oo) y el segundo por la cantidad de noventa y cinco (95.000,oo) , de fecha 22/01/2.015, y Un cheque de gerencia del Banco provincial Nº 00071805, de la cuenta 0108-0159-0900000028, por la cantidad de Seiscientos cinco mil (605.000,oo); mas la cantidad de Cien mil (100.000,oo) en efectivo en cual recibe en este acto el ciudadano Ricardo Bracho, en nombre y representación de la empresa Cableexprees TV C.A., quien mostró a e.....