Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Tribunal se declaró PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por Manuel Farias Duran, Pedro José Rivero, Jorge Miami Rodríguez, Luisa Deyanira Cova, Frank Gutiérrez, Edwin Benítez, Sandra Trias, Vilmarys Duran, Amarelys Guerra, Alexis Vargas, Anais Mundaray, Zulma Sotillett, William Boada, Héctor Gómez y Luís Cova, asistido por el Asistido por el Abogado Adolfo José Díaz, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 216.168, contra el Ministerio del Poder Popular de Obras Publicas y el Ministerio del Poder Popular para Transporteº.; SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta.