Este Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, considerando que se encuentran cubiertos los numerales 1 y 2 del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, conforme a lo establecido en el artículo 92, numeral 8 de la ley Orgánica Sobre el dereccho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 256, numerales 3, 5 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal, impone MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al imputado WILLIAN JOSE PEREZ MARQUEZ, por el delito de VIOLENCIA PATRIMONIAL, previsto y sancionado en el artículo 50 de La Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, consistente en presentaciones periódicos cada quince (15) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal,.....