El autor Francés Demogue, señala, que existen ciertos casos en que el deudor al asumir su compromiso de efectuar la prestación promete un resultado sin posibilidad de ser liberado en caso de inejecución debida a dificultades graves o inesperadas, salvo que pruebe una fuerza mayor, en contraste con este genero de obligaciones de resultados, existen otro tipo de Obligaciones, en las que lo aleatorio del resultado perseguido hace que el deudor apenas prometa su diligencia, una conducta esforzada, atenta a prever los posibles obstáculos y a tratar de superarlos, pero donde lo único que realmente puede decirse prometido por el deudor es un comportamiento prudente y cuidadoso, y que en estos casos, solo si se comprueba que el obligado ha desviado su conducta por negligencia o por imprudencia de la dirección requerida para obtener el fin requerido podría decirse que ha incurrido en falta:
Toda obligación tiene un lado Subjetivo la conducta del deudor y un lado Objetivo, el interés del a.....