Vista la diligencia suscrita por la abogada en ejercicio GERTRUDIS MARCANO, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 41.982, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada, en la cual se evidencia que las partes dieron cumplimiento al acuerdo efectuado por ante este tribunal, en fecha 07 de Junio del 2.024, el cual se Homologo en decisión dictada por este Tribunal en fecha 12 de Julio del 2.024, es por lo que éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide.Publíquese la presente decisión en el sitio Web del Tribual Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve.