Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la inhibición propuesta por el abogado Frank A. Ocanto Muñoz, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.643.936, en su carácter de Juez del Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, contenida en acta de fecha Veintisiete (27) de junio de 2023, para continuar conociendo el presente juicio deNULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA por encontrarse incurso en la causal señalada en el Ordinal 17 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
Remítase oficio, al Juez Inhibido participándole que ha sido declarada con lugar su inhibición.