Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO en el presente asunto seguido al ciudadano LUÍS MIGUEL SUNIAGA AGUILERA, venezolano, natural de Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre, de 24 años de edad, nacido en fecha 16-09-1992, soltero, sin profesión ni oficio, residenciado en el sector Pueblo Viejo Arriba, calle principal, casa s/n, Municipio Mariño, Estado Sucre, titular de la cedula de identidad Nro V- 25.557.78, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en los artículos 406 ordinal 1° del Código Penal Venezolano, en perjuicio de YOHEL MACARIO LOPEZ GUERRA, por los hechos ocurridos en fecha 15-09-2012. se mantiene la medida privativa de libertad por cuanto a la fecha no .....