Tomando en consideración todos los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente explanado, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: La REPOSICIÓN DE LA PRESENTE CAUSA, al estado de designar nuevo defensor judicial al ciudadano JOSÉ DE JESÚS PÉREZ SANTA ROSA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-8.300.867, domiciliado en la Calle Ayacucho, casa s/n, parroquia Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre. SEGUNDO: La NULIDAD de lo actuado a partir del folio 38 al folio 66 de la presente causa, inclusive. TERCERO: Se DESIGNA como DEFENSOR JUDICIAL del ciudadano JOSÉ DE JESÚS PÉREZ SANTA ROSA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-8.300.867, domiciliado en la Calle Ayacucho, casa s/n, parroquia Cariaco, Municipio Rib.....