Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de juicio del Trabajo del Estado Sucre en nombre de la Republica de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: Se declara incompetente por el territorio y declina la Competencia y se declara competente para conocer el presente asunto, al Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, ciudad Carúpano, para conocer del presente Recurso de Nulidad interpuesto por la sociedad mercantil CORPORACIÓN DE SERVICIOS AGROPECUARIOS (CORSERAGRO) contra Providencia Administrativa N° 043-07 de fecha 25/07/2007 emanada de la Inspectoría del Trabajo de Carúpano del Estado Sucre. Y así se declara. Líbrese oficio. Cúmplase.
LA JUEZA
ABG. JHINEZKHA DUERTO VASQUEZ