este Tribunal Primero de Ejecución de conformidad con el contenido del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA dicha sentencia, en los siguientes términos:
El reo OSCAR MANUEL RAMOS SALAZAR, ya identificado, fue condenado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, concatenado con el segundo aparte del referido artículo, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; y siendo que dicho condenado según acta policial, cursante a los folios Dos (02) y Tres (03) del Expediente (Pieza I), es detenido el día 05 de Marzo del año 2011, hasta el día de hoy, 26 de Septiembre del año 2012, es por lo que tienen cumplida una pena física de UN (01) AÑOS, SEIS (06) MESES Y VEINTIÚN (21) DÍAS, faltándoles por cumplir de la pena impuesta SEIS (06) AÑOS, CINCO (05) MESES Y NUEVE (09) DÍAS, pena que finalizar.....